12 derechos del candidato y 5 deberes

Mas allá del aspecto anecdótico de denominar derechos a unas prácticas con el candidato que deberían estar ya asumidas, -sobretodo en los tiempos que corren-, me ha parecido procedente reivindicar unos principios deseables tanto para empresas, como para candidatos. La escasez de trabajo abre una brecha enorme de lo que una persona puede tolerar (tragar) para acceder a un puesto de trabajo. Este hecho supone una enorme injusticia. La crisis no puede ser un argumento para incidir más en la precariedad de valores a la hora de gestionar personas. Más bien, debería de ser un revulsivo para todo lo contrario. 

Vengo observando desde hace años que la propia práctica social en algunos sectores reducidos de profesionales del ámbito de la Selección está legitimando licencias en el trato con candidatos que son inaceptables. Creo que no hacemos mal, aquellos que estemos en búsqueda activa en reclamar que se mejoren los hábitos de los empleadores. En mi caso, siempre me he inclinado a trabajar con empresas que gestionan bien estos menesteres. Sabemos que en el fondo, el Departamento de Selección es una carta de presentación fundamental. Dicho esto, cabe decir que la amplia mayoría de las personas que se dedican a funciones de selección son excelentes profesionales. Para los que no lo sean, ahí va mi sugerencia:

 1. Derechos del Candidat@

 1.1 El/la candidat@ tiene derecho a:

  1. Ser localizado por el posible empleador sólo y únicamente cuando se haya aprobado la vacante de un puesto de trabajo en la empresa o cliente, que sea relevante y acorde a la experiencia del mismo.
  2. En el caso de que sea una entrevista preventiva que no esté sujeta a ningún puesto abierto, debe de ser informado al candidato.
  3. No ser discriminado para un puesto trabajo  por cuestión de género, edad, raza o condición sexual.
  4. No ser interrogado acerca de cuestiones que afecten a su vida privada e íntima.
  5. Ser informado de la continuidad o no de su candidatura antes de una semana.
  6. El empleador debe de disponer desde el inicio del proceso un teléfono de contacto disponible para el candidato.
  7. Ser atendido con profesionalidad y respeto en la entrevista y en una localización cómoda, limpia y agradable.
  8. Disponer de información previa, completa y veraz antes de decidir si se incorpora al proceso de selección. Cuando menos, debe de disponer de la información referente, a salario, tipo de contrato y funciones del puesto y localización exacta.
  9. Ser informado de su status en el proceso de selección semanalmente una vez haya realizado la primera entrevista aunque haya sido telefónica.
  10. Ser  recompensado por la totalidad de los gastos de desplazamiento a una entrevista en los que haya incurrido si se desplaza a una ciudad que no es la de su residencia.
  11. Ser comunicado de la finalización del proceso de selección y explicación de los motivos por los que no ha sido seleccionado.
  12. Si el candidato va a cambiar de empresa, deberá de disponer de una carta previa al contrato con fecha de incorporación  con carácter vinculante para que pueda solicitar la baja voluntaria de su empresa actual con garantías.

 1.2  El/la candidat@ tiene los siguientes deberes: 

  1. Que todos los datos vía CV o entrevista facilitados al posible empleador sean ciertos y contrastables.
  2. Presentarse a la entrevista en condiciones idóneas de higiene y vestimenta.
  3. Que en caso de no poder asistir, informe a la persona que gestiona el proceso para concertar otra entrevista.
  4. Contribuir a facilitar amplia información cuando se le realicen preguntas en la entrevista.
  5. Debe de informar lo antes posible, si una vez realizada la entrevista, no le interesa el puesto o la compañía.

 Me gustaría contar con vuestros comentarios para ver que podéis añadir o quitar a éstas reivindicaciones. Al fin y al cabo, creo que no he mencionado nada disparatado; más bien, es la práctica habitual en muchos países más allá de Los Pirineos.